Carlos Varela Álvarez: "Hay que esperar qué dicen las siguientes instancias"

Ante el procesamiento de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Julio de Vido y José López por "asociación ilícita", MDZ consultó a expertos en Derecho Penal con el fin de de poner en claro la configuración de la causa, atentos al tironeo político al que se presta por razones obvias.
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Formulamos dos preguntas concretas:
1-¿No resulta exagerado procesar por "asociación ilícita" a integrantes de un mismo gobierno?
2- ¿Puede ser una "burbuja jurídica" encuadrarlo así para que se caiga el proceso?
En este caso, la respuesta en pocas palabras -como lo pedimos- del abogado penalista Carlos Varela Álvarez, además miembro de organizaciones de Derechos Humanos:
1- En la lógica popular, "la banda" es fácil de acreditar: tres o más personas, voluntad y delitos a cometer. en la lógica jurídica es un tipo penal muy difícil para la política. lo más cerca que se estuvo fue en tema Emir Yoma para la venta de armas que la Corte Suprema de Justicia de la Nación con una composición afín al gobierno de Carlos Menem revocó y dijo que no se daban los extremos. Luego Menem y Oscar Camilión (su ministro de Defensa) entre otros, serían condenados por la figura de 'contrabando de armas', pero no por 'asociación ilícita' en la causa por la venta de armas a Croacia y Ecuador, en el fuero Penal Económico confirmado por Casación.
El auto de procesamiento, lo que ha dictado el juez Julián Ercolini, es decir, el primer acto importante del proceso donde el juez mide la acusación o denuncia no necesita la certeza sino la sospecha por eso todo ello seguramente será materia de apelación y hasta de Casacion.
Por eso en mi criterio la suerte se decidirá en la Cámara de Apelaciones por la importancia del precedente donde me parece tiene mejor futuro la expresidenta frente a ese fallo.
2- Quizá la descripción de cada hecho como una causa más de fraude al estado con penas menores es lo mas clásico en la función publica. Veremos lo que dice la Cámara Federal de Apelaciones que puede confirmar los hechos pero darle una nueva calificación o puede anular el procesamiento.
La figura de 'asociación ilícita' es mediáticamente fuerte pero la suma de las penas en materia de fraudes es mayor que el máximo. O sea la 'asociación ilícita` tiene una pena máxima de 10 años y el fraude hasta 6 pero en una condena con muchos fraudes comprobados la escala penal podría superar los 10 años.
Lo otro que resulta interesante es que se pueden abrir más denuncias porque si producto del fraude se enriquecieron pueden ser investigados por eso (caso López) y luego por lavado de activos.

