El juez usó el fallo para contestarle al Gobierno

El Fallo que extiende la medida cautelar que tiene frenados dos artículos de la ley de medios y que le da más aire al grupo Clarín fue una bomba política. El principal argumento que usaron los camaristas Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta para darle la razón a Clarín es que la justicia está a punto de emitir la sentencia de fondo que determinará la constitucionalidad o no de los artículos, principalmente el 161 que obliga a Clarín y a los multimedios a desprenderse de algunos de sus medios.
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Pero hay otra clave política en el fallo. El juez de las Carreras aprovechó esta instancia para responderle directamente al Gobierno, que lo había recusado dos veces por su supuesta relación con el grupo Clarín. Así, el juez usa la sentencia para despacharse. “Me encuentro repuesto por mis pares en mi función de juez natural de esta causa. Advierto la necesidad de hacer conocer que guardo la debida imparcialidad inherente al ejercicio de la función jurisdiccional, conservo la tranquilidad de espíritu y la libertad de conciencia indispensables para impartir justicia bien y legalmente, tal como lo he jurado”, dice el juez al abrir el escrito.
Pero va más allá y en un mensaje directo al Gobierno dice pedir por el respeto a las instituciones. “Por último, me permito manifestar que estoy convencido de que la sana convivencia social entre los argentinos se sustenta en el respeto de dos de los pilares básicos y fundamentales del sistema republicano: la división de poderes y la independencia judicial”, remata en su texto de opinión (incluido en el fallo) el juez. De las Carreras fue el camarista más cuestionado por el Gobierno, pues aseguraron que, entre otras cosas, viajó a Estados Unidos para participar de un seminario, todo financiado por una fundación conducida por ejecutivos del Grupo Clarín.
Según los camaristas, la cercanía con el fallo de fondo sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados de la ley amerita extender la cautelar. Y para argumentar su posición cuidan a Clarín asegurando que el levantamiento de la medida y la consecuente aplicación de la cláusula de desinversión, es decir la obligación de desprenderse de algunos de los medios que tiene el Grupo Clarín, podría tener consecuencias “irreparables. “El levantamiento de la suspensión cautelar cuando aún no está dirimida la impugnación constitucional que han formulado contra ‘la obligación de desinvertir’, causaría un perjuicio irreparable pues frustraría los efectos de una eventual decisión futura, en la hipótesis de resultar ésta favorable a las pretensiones de las demandantes”, dice el fallo, que extiende la suspensión del artículo 161 hasta que se defina su constitucionalidad.

