Notas
Miret reincorporado como profesor en la UNC
El rector de la UNCuyo, Arturo Somoza, reincorporó por obligación en su cargo de profesor de la Facultad de Derecho a Luis Miret, el camarista federal vinculado, junto con Otilio Romano, a más de cien casos de detenciones ilegales, torturas, violaciones y homicidios.

El juez de cámara Luis Miret, vinculado junto a Otilio Romano, a más cien casos de detenciones ilegales, torturas, violaciones y homicidios durante la última dictadura militar, retomará su cargo de profesor en la Facultad de Derecho en la UNCuyo gracias a una resolución judicial que así lo ordena.
Por ello es que el rector de la UNCuyo, Arturo Somoza, se vio obligado a suspender la revocatoria que pesaba sobre el contrato de Miret.
Esto fue confirmado a través de un comunicado oficial emitido desde la UNCuyo, donde se informa que Somoza debió comunicar al Consejo Superior sobre las disposiciones que debió adoptar la universidad frente a la resolución cautelar que emitió recientemente la Justicia.
Por ello es que el rector, como responsable administrativo de las contrataciones debió suspender los efectos de la resolución que revocaba el contrato de Luis Miret y reincorporarlo a sus funciones habituales como profesor contratado para desempeñarse en la carrera de Abogacía de la Facultad de Derecho.
A continuación la resolución de la UNCuyo:
MENDOZA, 18 de agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente REC:0010503/2010, por el que tramita oficio librado por el Juzgado Federal Nº 2 de la Ciudad de Mendoza en el marco de los Autos Nº 32.673/2, caratulados: “MIRET, Luis F. contra U.N.Cuyo por AMPARO”; y
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado oficio, se notifica a esta Universidad que se ha dictado una resolución cautelar en el expediente de referencia en virtud de la cual se suspenden los efectos de la Resolución Nº 1237/2010-R y se ordena reincorporar a sus funciones habituales al Dr. Luis Francisco MIRET (art. 2).
Que, tratándose de una orden judicial emanada de juez competente, su cumplimiento es obligatorio para la autoridad universitaria so pena de incurrir en una conducta tipificada como delito en el artículo 239 del Código Penal.
Que el acatamiento de la orden judicial no supone consentir la medida, razón por la cual se ha interpuesto formal recurso de apelación en contra de la misma como consecuencia de no compartir los fundamentos del juzgador, solicitando en subsidio la limitación temporal de los alcances de la resolución.
Por ello,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Suspender los efectos de la Resolución Nº 1237/2010-R. en virtud de la orden judicial librada en los Autos Nº 32.673/2, caratulados: “MIRET, Luis F. contra U.N.Cuyo por AMPARO”, radicados por ante el Segundo Juzgado Federal de la Ciudad de Mendoza.
ARTÍCULO 2º.- Reincorporar al Dr. Luis Francisco MIRET a sus funciones habituales como profesor contratado para prestar funciones en la Carrera de Abogacía de la Facultad de Derecho.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Facultad de Derecho, notifíquese al interesado a través de esa Unidad Académica e insértese en el libro de resoluciones.
Mgter. Miguel Ángel MALLAR Secretario de Gestión Administrativa, Económica y de Servicios Universidad Nacional de Cuyo
Ing. Agr. Arturo Roberto SOMOZA Rector Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN Nº 1626
ARM/mn Reincorpora Miret (Recursos)
MENDOZA, 18 de agosto de 2010.
VISTO:
El Expediente REC:0010503/2010, por el que tramita oficio librado por el Juzgado Federal Nº 2 de la Ciudad de Mendoza en el marco de los Autos Nº 32.673/2, caratulados: “MIRET, Luis F. contra U.N.Cuyo por AMPARO”; y
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado oficio, se notifica a esta Universidad que se ha dictado una resolución cautelar en el expediente de referencia en virtud de la cual se suspenden los efectos de la Resolución Nº 1237/2010-R y se ordena reincorporar a sus funciones habituales al Dr. Luis Francisco MIRET (art. 2).
Que, tratándose de una orden judicial emanada de juez competente, su cumplimiento es obligatorio para la autoridad universitaria so pena de incurrir en una conducta tipificada como delito en el artículo 239 del Código Penal.
Que el acatamiento de la orden judicial no supone consentir la medida, razón por la cual se ha interpuesto formal recurso de apelación en contra de la misma como consecuencia de no compartir los fundamentos del juzgador, solicitando en subsidio la limitación temporal de los alcances de la resolución.
Por ello,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Suspender los efectos de la Resolución Nº 1237/2010-R. en virtud de la orden judicial librada en los Autos Nº 32.673/2, caratulados: “MIRET, Luis F. contra U.N.Cuyo por AMPARO”, radicados por ante el Segundo Juzgado Federal de la Ciudad de Mendoza.
ARTÍCULO 2º.- Reincorporar al Dr. Luis Francisco MIRET a sus funciones habituales como profesor contratado para prestar funciones en la Carrera de Abogacía de la Facultad de Derecho.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Facultad de Derecho, notifíquese al interesado a través de esa Unidad Académica e insértese en el libro de resoluciones.
Mgter. Miguel Ángel MALLAR Secretario de Gestión Administrativa, Económica y de Servicios Universidad Nacional de Cuyo
Ing. Agr. Arturo Roberto SOMOZA Rector Universidad Nacional de Cuyo
RESOLUCIÓN Nº 1626
ARM/mn Reincorpora Miret (Recursos)