Lo dispuso el Gobierno

Empleados públicos nacionales con hijos de hasta 13 años deberán hacer teletrabajo

El Gobierno actualizó el sistema laboral dispuesto por la pandemia. En el caso de los servicios esenciales, podrán ser convocados total o parcialmente..

MDZ Dinero
MDZ Dinero miércoles, 6 de enero de 2021 · 07:59 hs
Empleados públicos nacionales con hijos de hasta 13 años deberán hacer teletrabajo
Foto: Pixabay

Trabajadores de las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional, empresas y sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria que tengan a cargo hijos u otros familiares menores de hasta 13 años inclusive "deberán realizar sus tareas de modo remoto". Así lo dispuso el Gobierno nacional, al actualizar el sistema laboral establecido por la pandemia

En el caso de los servicios esenciales podrán ser convocados total o parcialmente.

Ana Castellani, Secretaria de Gestión y Empleo Público, dijo que  "lo que se establece con esta nueva norma es que los que tengan menores a cargo de hasta 13 años de edad cumplan sus tareas preferentemente desde sus hogares, excepto en los casos que, por necesidades derivadas de la esencialidad del servicio que prestan, sean convocados de modo presencial por las autoridades superiores de la jurisdicción".

Se trata de la una actualización del artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 390/20 (del 16 de marzo de 2020) de la Secretaría de Gestión y Empleo Público, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. y que por la pandemia habilitaban las licencias para madres y padres del sector público con hijos en edad escolar.

"La licencia se otorgó al inicio de la pandemia porque entendimos que las madres y los padres tenían que acompañar a sus hijos en el proceso de escolarización y se hacía muy difícil compatibilizar ambas tareas en el hogar; ahora que hay receso escolar, entendemos que pueden realizar las tareas de manera remota", explicó Castellani,

Los empleados públicos nacionales que se desempeñen en los servicios esenciales podrán ser convocados por las autoridades superiores para la prestación laboral, total o parcialmente presencial.

La actualización de esta disposición  también establece "que el límite de edad dispuesto (hasta 13 años inclusive) no será considerado en caso de agentes con hijos o hijas, tutelados o tuteladas a cargo que posean certificado de discapacidad oficial, para quienes continúa la prestación laboral preferente por trabajo remoto".

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